jueves, 26 de febrero de 2015

Entrenador de Bicicross de San Cristóbal denuncia que no puede hacer uso de la pista de Cordero

Entrenador Carlos Morales con los atletas de Bicicross
Imagen: Edgar Rico / Prensa IDT
Carlos Morales entrenador de Bicicross se apersonó al Instituto del Deporte Tachirense con dos de sus atletas, para evidenciar la situación delicada que vive en la actualidad el club de Bicicross de San Cristóbal, pues deben entrenar en la pista de la disciplina en Cordero y fueron expulsados de la misma.  

Para los días 13, 14 y 15 de marzo se llevará a cabo la primera y segunda válida nacional de Bicicross en el estado Miranda, donde competirán Chiquinquirá Barrios y Leandro Alfaro, ambos atletas juveniles campeones nacionales, que pertenecen al club de Bicicross de San Cristóbal y que fueron desalojados de la pista en Cordero por parte del entrenador de ese municipio José Ramírez.

“Se había llegado a un acuerdo entre el IDT, la alcaldía de Andrés Bello y los entrenadores, para establecer los horarios de uso de la pista ubicada en ese municipio, nosotros hacíamos uso de la pista los días sábados y domingos en la mañana y los miércoles de 5 a 8 pm” manifestó Morales.

El Instituto del Deporte Tachirense en una reunión con el alcalde del municipio Andrés Bello, Humberto Contreras y el entrenador del club de Cordero, José Ramirez Páez, habían acordado los horarios donde los atletas del club de San Cristóbal podía hacer uso de la pista de Bicicross del municipio Andrés Bello.

De acuerdo a lo narrado por el entrenador Carlos Morales los atletas tachirenses no pudieron hacer su acostumbrado entrenamiento de cara a las competencias venideras: “El día de ayer miércoles mientras los atletas estaban haciendo uso de la pista de bicicross, llegó el entrenador José Ramírez Páez a desalojarnos de las instalaciones, llegando a alegar que nunca existió un documento del acuerdo de los horarios de entrenamiento del club de San Cristóbal”.

 “Nosotros venimos al Instituto del Deporte Tachirense para hacer formal denuncia de lo sucedido ayer, además de asesorarnos con la parte jurídica de la institución para solventar los problemas de los que ha sido víctima el club, queremos conseguir de manera legal un permiso para que el Club de Bicicross de San Cristóbal pueda entrenar en la pista de Cordero” fueron las palabras del entrenador Morales, además destacó la importancia de comenzar a trabajar en una pista para bicicross en San Cristóbal.

Morales se aconsejó con Gonzalo Pineda, el asesor jurídico del Instituto del Deporte Tachirense, por tratarse de una denuncia sobre el desalojamiento y prohibición de entrenar en la pista de Bicicross de Cordero por parte del entrenador encargado de dicho lugar José Ramírez y ya que en el club de San Cristóbal existen menores de edad y se le están violando derechos establecidos en las leyes venezolanas.

En primera instancia se está violentando el artículo 111 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual cita textualmente:
Art.111 Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantizará los recursos para su promoción. La educación física y el deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia. Su enseñanza es obligatoria en todos los niveles de la educación pública y privada hasta el ciclo diversificado, con las excepciones que establezca la ley. El Estado garantizará la atención integral de los y las deportistas sin discriminación alguna, así como el apoyo al deporte de alta competencia y la evaluación y regulación de las entidades deportivas del sector público y del privado, de conformidad con la ley. La ley establecerá incentivos y estímulos a las personas, instituciones y comunidades que promuevan a los y las atletas y desarrollen o financien planes, programas y actividades deportivas en el país.

Así mismo la Ley Orgánica del Deporte, Actividad Física y Educación Física establece en su artículo 8 el derecho a la educación física, la práctica de actividad física y a desarrollarse en el deporte de su preferencia, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes deportivas y capacidades físicas. El articulo 14 numeral 7 de dicha ley también establece los derechos de las personas para asegurar la práctica del deporte así como el goce y disfrute de las instalaciones y establecimientos deportivos públicos o privados abiertos al público, en óptimas condiciones, con sujeción a sus normas de uso.

El Club de Bicicross de San Cristóbal tiene entre sus atletas a menores de edad por lo cual además a las leyes ya mencionadas, se le suma la violación al artículo 81 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, donde garantizan que todos las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida familiar, comunitaria, social, escolar, científica, cultural, deportiva y recreativa, así como a la incorporación progresiva a la ciudadanía activa. Y se contempla en la Lopna el derecho de denunciar ante las autoridades competentes los casos de amenazas o violaciones a los derechos o garantías de los niños y adolescentes.

Lía Calderas

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